REVÍSTA ELECTRÓNICA.
LAVOZDELAPAMPA.CL Año V. Nº206 noviembre 2022
(Historia)
El tema salitrero fue muy complejo en la parte producción como en la administración y el abuso patronal hacia los obreros oprimidos, inicialmente a comienzos del siglo XIX hasta inicios de siglo XX; que con el correr del tiempo se inicio la huelga más grande en octubre de 1906 en la pampa salitrera, estallando el 21 de diciembre de 1907 en la ciudad de Iquique, con la matanza de la Escuela Santa María de Iquique, en donde murieron alrededor de 2000 personas.
Al tomar desde la época peruana sobre las salitreras; la legislación peruana entonces sobre la minería de Tarapacá hasta el año 1877 tenia al amparo la ley de minería, en donde hubo de parte los industriales ciertos desordenes de pagos de impuestos, y abandono de las salitreras.
“La guerra de las salitreras”
Al perder las salitreras el país vecino Perú durante “La guerra del salitre” (1879- 1884) la pampa salitrera de Tarapacá, quedó entonces bajo los aspectos legales y jurídicos de Chile, en donde lo describe la “Memoria sobre la administración de Tarapacá “, en febrero de 1884, por el jefe político comandante general de armas del territorio” Don Francisco Valdés Vergara. Quien investigó y se asesoró como era el sistema minero en Tarapacá, y dictó medidas severas, Imponiendo a los industriales los correspondientes impuestos, como también las reducciones de patentes mineras; pero por orden del Ministerio de Hacienda de Chile éste dictaminó otras medidas más flexibles hacia los industriales de entonces.
Al apreciar desde entonces los pequeños, pero muy grandes detalles en las mineras, donde hubo fugas de ingresos hacia las arcas fiscales. Lo que tampoco y que no quedaban ajeno el gremio de trabajadores.
El gremio de los jornaleros peruanos.
Este gremio fue organizado el 12 de enero de 1880; los abusos también los hubo en el gremio al mencionar a los dirigentes como el “Comandante”, “Tesorero”, y “Escribiente” , los tres obtenían por el producto por su labor el beneficio económico total de $28.823, con 70 centavos (Era un dineral).
Pero ante la autoridad chilena ellos dictó con el menospreciado sueldo a los dirigentes; de los cuales se detalla lo siguiente: Comandante $400; Tesorero $200; Escribiente $125. Lo que sumaban en total $725 (El sueldo de un jornalero era de $25.
Lo que llama la atención es que no se nombra sobre los “Reglamentos Salitreros”, a pesar que el esfuerzo laboral se iba anotado en la libreta del jornal, seguramente era algo interno en cada industria salitrera, y o quedaba n a la discreción de cada dueño de salitrera.
Las grandes diferencias económicas manipuladas al parecer en todo nivel entre los industriales y el gremio de jornaleros entonces cortaban el hilo por lo más delgado, que era el jornalero.
Los primeros indicios sobre los compromisos de los industriales en Chile y del gobierno dio inicio el “Código de Minas” con fecha 20 diciembre de 1888; el que pone variados antecedentes como ser obligaciones a favor de los obreros, de hacerles contrato de trabajo, además de no esclavizar al trabajador en retenerlo en su industria, tener contrato de trabajo con fecha de termino, se le debe pagar el desahucio y anticipar con 15 días el aviso de despido, y otras tantas obligaciones del patrón o administrador, como también la obligación de los obreros.
Se puede decir que fue el principio de una inyección a la vena, para los industriales, pero como se mezclaban con políticos por un lado se hacen los códigos y después se borran en el tiempo por los industriales.
Las leyes aisladas dictadas por el Estado de Chile, para muchos de los industriales y obreros , ni siquiera la información llegaban a las salitreras, algunos industriales se respaldaban con un “Reglamento interno” en donde ponían condiciones algunas aceptables pero otras descabelladas , que a la vez en ese reglamento se ponía lo que ganaba cada día el obrero, en el caso de las salitreras , por el trabajo de las calicheras de “particulares” o “patizorros” eran engañados y por los usureros al negarles a veces el valor de las leyes del caliche y de acarreo de sus carretadas.(Muchas tocaban calicheras de baja ley donde el obrero perdía todo su esfuerzo durante el día)
El libro escrito por Manuel Salas Lavaqui , “COMISIÓN CONSULTIVA EN EL NORTE” del año 1908 subtitulado: “Necesidades de los obreros y medidas tomadas en su favor” La autoridad entonces hizo oído de las penurias de los trabajadores en las salitreras como ser: a cada trabajador se le descontaba un peso de contribución para el botiquín , en donde habían grandes cantidades de obreros , pero en la oficina no se obtenía remedios , sino que debían comprarlos en la pulpería… o los debían bajar al hospital de Iquique. Las piezas de los trabajadores eran inmundas, malsanas y enfermiza,; hechas de sacos, latas , cañones y basuras; los cementerios estaban abiertos y los cadáveres eran comidos por los perros; el trabajador laboraba a 125 grados de calor, y fuertes vientos en la pampa, los trabajadores no podían trabajar más de dos años en esas condiciones y los cargadores no más de un año; como también hubo familias que fueron botadas a la pampa de forma inhumana; en las pulperías eran engañados en el pesaje; el otro sufrimiento para los trabajadores era cuando no llegaba el médico atenderlos, debido a que existía un solo medico para 4 oficinas salitreras, es decir una atención para 2000 personas; como otro pago que debía hacer el obrero por el uso de herramientas de los carreteros, y calicheros , pagos entre $10, y $15 y que al sumar a cada trabajador sumaban más de $100.000. El monopolio de las pulperías ; Las fichas salarios eran un cáncer para los obreros, muchas veces les cancelaban en la pampa o calicheras , donde no tenían tiempo para ir cambiarlas a la administración, por la moneda nacional ,cuando ya la administración no atendía por estar cerrada, o de lo contrario debía perder un día de trabajo para poder cobrar. Etc. Etc.
Esto demostraba la disparidad social y económica de los obreros y jornales, esclavizados en medio la sequedad del desierto, en donde debía sacrificarse por su familia y su propia integridad en esas malas condiciones laborales, los que ciertamente muchos fueron engañados por medio de los enganches, les contaban la película que en las salitreras se ganaba mucho dinero, tenían el embarque de ida, pero nunca el de regreso , quedando así abandonado a su suerte en medio de la pampa.
LA LEGISLACION SOCIAL OBRERA CHILE
Recopiladas de leyes para la época; escrita el año 1924, por don Moisés Poblete Troncoso “Director de la oficina del trabajo” y Oscar Álvarez Andrews. Lo que trataba era de la “Formación de un criterio nuevo sobre la cuestión social en Chile”, en donde se trataba con bajeza al trabajador y de vivir en forma inhumana, la falta de higiene, el hacer trabajar a los niños y mujeres, con el objeto para obtener otras entradas económicas.
“Resúmenes de las primeras leyes a resaltar”:
1907.- El descanso dominical; 1916.- Accidentes del trabajo; 1917.- Salas cunas; 1914.- Protección del trabajo comercial; 1906 Habitaciones obreras; 1920.- Crédito prendario para obreros; 1920.- Caja de crédito popular; 1918.- Caja de retiros y previsión social; 1912.- Oficina del trabajo; 1916.- De los consejos de las habitaciones; esta entregaba disposiciones sobre arrendamientos, o sin arrendamientos , estados de las propiedades, la salubridad y la insalubridad Etc.; Disposiciones administrativas y Técnicas ; 1916.- Ley de indemnización por accidentes de trabajo; 1916.- Del Patrón, todas las disposiciones , obligaciones laborales y del salario; 1916.- Del Obrero, lo relacionado al contrato del trabajo verbal o escrito, sea trabajador nuevo, o de oficio o calidad de empleado; 1916.- Del salario todo se transa en pesos.(Nunca se habla de ficha salario); De las incapacidades; 1916 Industrias o trabajos sometidos a la ley; Responsabilidad del patrón en la asistencia médica y farmacéutica ; Asistencia hospitalaria; Gastos de funerales; indemnizaciones en dinero; Seguros contra accidentes, sociedades de seguros; inspección administrativas; Registros de obreros y salarios; 1917.- ley sobre el descanso dominical; 1915.- ley sobre los días feriados; 1923.- ley sobre carga de sacos de 80 kilos , cargados por el obrero. 1854.- El uso de fichas, vales Etc. En remplazo por las monedas. (Abolición año 1924); 1919.- Reglamentación de la labor de la oficina del trabajo; 1914.- Servicio de colación; 1917.- Solución a las huelgas; 1917.- Inspección de la delegación fiscal de salitreras, Etc.
Este resumen ha sido una compilación de leyes sueltas refundadas realizada el año 1924.
Se dicto la ley 4053, sobre en “contrato de trabajo”, fue publicado en diario oficial el 29 de septiembre de 1924. Esta menciona entre otras: La duración del trabajo; de los salarios; del contrato colectivo; régimen de la fabrica; de la higiene y salubridad del trabajador; de la dirección general del trabajo; la libertad del comercio; y de las sanciones. (Arturo Alessandri)
La continuidad de leyes sueltas e intrascendentes para algunas salitreras, las que se pasaban por alto o se cometían entonces abusos laborales, pero llego el gran momento con la visión de regular todo en el primer “CODIGO DEL TRABAJO” por el Decreto de ley Nº171, de fecha 28 de mayo 1931.
Esta ley tenía por finalidad de reunir todos esos textos legales y reglamentario sueltos al refundirlos en un solo código del trabajo por parte del gobierno de entonces.
Se puede decir que después de la crisis mundial y crisis salitrera entre los año 1929 – 1930 , muchas salitreras quebraron y otras quedaron con reducción de personal y baja producción salitrera; el otro gran problema fue las bajas leyes del caliche las que no eran rentables para las que trabajaban con el sistema Shanks.
Que con la reorganizaciones del Estado y del los privados conformaron variadas corporaciones, (COSACH, “Compañía salitrera de Chile” ; COVENSA “Corporación de venta de salitre y yodo”) para apalear la crisis salitrera como las bajas ventas de salitre y yodo..
Posteriormente de la crisis salitrera los industriales con el Estado conformaron otra nueva empresa mixta, dictada con la ley 5.350 como fue “La Compañía Salitrera de Tarapacá y Antofagasta” (1934) En donde esta compañía claudicó el año 1960, siguiendo otras compañías particulares y algunas del Estado de Chile.
La lucha de la clase trabajadora siempre ha sido cíclica, se repite en diferentes épocas y de diferentes formas.
FOTOGRAFIAS: 1.- Guía administrativa de Tacna Tarapacá y Antofagasta, de Domingo Silva Narro. 2, 3, 4, 5, 6. 7. 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 31.b, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, Del escritor e investigador de la cultura pampina Reinaldo Riveros Pizarro; 31.a, Publicada en la revista CIREN año 1985 “Reencuentro, añoranza realidad”
GRAFICAS: 1.- Oficina salitrera Peña Chica, año 1914; 2, 3 , 4.- Reglamento oficina salitrera “Limeña” de la “Compañía de Salitres Tarapacá (Perú, enero de 1877); 5, 6.- Reglamento Oficina salitrera Aragón año 1902 obrero Juan Antonio Rivera; 7, 8.- Reglamento Oficina salitrera Josefina, operario Vicente Donoso, año junio 1903; 9, 10.- Reglamento oficina salitrera Enriqueta, trabajador Mariano Siles, año septiembre 1908; 11, 12.- Reglamento oficina Lagunas, obrero Jonás Ramírez, año 1911 noviembre; 13, 14.- Reglamento oficina salitrera Mercedes, obrero Manuel Díaz; 15,16.- Reglamento oficina salitrera La Palma, operario Eduardo Baeza año 1918 mayo; 17, 18.- oficina salitrera Santa Catalina, obrero Tomás Valdivia, año 1915 abril; 19, 20.- Compañía de salitreras y ferrocarril Agua Santa, obrero Juan Vega R, año 1918 Septiembre; 21.- Documento de la “Compañía salitrera de Tarapacá y Antofagasta, año 1936 Agua Santa; 22. 23.- Reglamento oficina salitrera Felisa, año 1922 julio; 24. 25.- Reglamento oficina salitrera Asturias, obrero Manuel Menares, año 1925 mayo; 26. 27.- Reglamento oficina salitrera San Jorge, obrero Antonio Palomo Montes de Oca; año 1928 marzo; 28. 29.- Reglamento reutilizado en Peña Chica, obrero Jaime Cortes, año 1934; 30. 31.- Reglamento oficina salitrera Anita (Tarapacá), obrero Cecilio Yáñez Briseño, año 1944 noviembre; 31.a.- Covachas (Piezas de pobreza extrema) utilizadas hasta fines del XIX y comienzos del XX en la pampa salitrera; 31.b.- Cementerios antiguos eran sepultado en tierra a una baja profundidad (Cementerio oficina salitrera María (Cantón Bolivia Antofagasta); Documento de la “Compañía Salitrera de Tarapacá y Antofagasta” para la salitrera Aurora, año 1937 24 febrero; Documento de la “Compañía Salitrera de Tarapacá y Antofagasta”, para la salitrera Brac, año 1939 25 febrero; 34.- Tarjeta de tiempo de la “Compañía Salitrera de Tarapacá y Antofagasta” de Cala Cala, obrero José Araya Zambra, año 1943 octubre; 35.- Contrato de trabajo de “Compañía Salitrera de Tarapacá y Antofagasta”, para la oficina salitrera Constancia, obrero segundo Fernández Miranda, año 1941 marzo; 36.- Contrato para cargador, de la “Compañía Salitrera de Tarapacá y Antofagasta” obrero Luís Núñez Vila, para la salitrera Asturias, año 1936; 37.- “Ficha de filiación de animales de la compañía” dela de la “Compañía Salitrera de Tarapacá y Antofagasta”, para el campamento Don Guillermo, año 1952,26 agosto;38.- Tarjeta de tiempo de la de la “Compañía Salitrera de Tarapacá y Antofagasta” al campamento Don Guillermo, obrero Dionisio Castillo Castillo, año 1946 enero 01; 39.- Documento de la de la “Compañía Salitrera de Tarapacá y Antofagasta” al contratista Fidel Jiménez Santander, año 1937 junio; 40.- Documento de la de la “Compañía Salitrera de Tarapacá y Antofagasta”, suples a la oficina salitrera Keryma, año 1935 octubre; 41.- “Contrato de trabajo Agentes Agrícolas” “El Bosque” de la “Compañía Salitrera de Tarapacá y Antofagasta” (Frente a Keryma) obrero José Loayza Loayza, año 1939 16 febrero; 42.- Contrato de trabajo de la Compañía The New Paccha y Jazpampa Nítrate Co Ltd., obrero Pedro Salinas, año 1928 10 febrero; 43.- Documento de la de la “Compañía Salitrera de Tarapacá y Antofagasta” para la salitrera New Paccha, firma el jefe J. Foster Comber, año 1935 diciembre; 44.- Ruinas de la oficina salitrera Peña Chica, (Año 2005 aun se encontraba la chimenea como también la torre de enfriamiento de agua)
Autor y editor: REINALDO RIVEROS PIZARRO.
Cita fuentes:
“Memoria sobre la administración de Tarapacá” de Francisco Valdés Vergara, año febrero 1884, (Jefe político y comandante general de armas del territorio)
La legislación social obrera de Chile” , de Moisés Poblete Troncoso, y Oscar Álvarez Adrews, Santiago de Chile año 1924.
“Ley 4053 sobre Contrato de Trabajo” Publicada en el diario Oficial del 29 de septiembre de 1924., Imprenta Nacional .
Código del Trabajo, decreto con fuerza de ley Nº178, publicado en el “Diario Oficial” del 28 de mayo 1931. Editorial Nacimiento.
“Trabajos y Antecedentes presentados al supremo gobierno de Chile”, de la “ Comisión consultiva del norte” por Manuel Salas Lavaqui . imprenta Cervantes, año 1908.
PENSAMIENTO:
“QUE TRISTE ES LLEGAR A VIEJO, VES QUE TODOS PARTEN AL CAMPO SANTO, Y ES EL ENTONCES PEQUEÑO MUNDO CUAL SE TE HACE MÁS DIMINUTO, HASTA PERDER LA MARAVILLOSA MEMORIA” (RERIPI)
Revista Cultural “La Voz de la Pampa”.
Cel.: 946830825
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